lunes, 21 de septiembre de 2009

Modificación régimen de libranza de las licencias de autotaxi en sábados y domingos de 2009.

Fecha: 21 de abril de 2009
Ref: Modificación régimen de libranza de las licencias de autotaxi en sábados y domingos de 2009.
Vista la propuesta del Subdirector General de la Oficina Municipal del Taxi, y haciendo uso de las facultades delegadas que me han sido conferidas por Acuerdo de 18de junio de 2007 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de delegación de competencias específicas en los órganos superiores y directivos de las Áreas de Gobierno y de los Distritos, vengo a adoptar la siguiente resolución:
“Vista la propuesta del Subdirector General de la Oficina Municipal del Taxi, a solicitud de la Asociación Gremial de Auto-Taxi de Madrid y de la Federación Profesional del Taxi y con el fin de adecuar la oferta a la demanda en la actual situación de crisis, se modifica el apartado de “Sábados y Domingos” de la resolución de 15 de diciembre de 2008 relativa al régimen de libranza de las licencias de autotaxi, que queda redactado de la siguiente forma:
SÁBADOS
- Las licencias cuyos ordinales terminen en número par, permanecerán inactivas obligatoriamente los días impares, desde las 07 h. hasta las 22 h. del citado día.
- Las licencias cuyos ordinales terminen en número impar, permanecerán inactivas obligatoriamente los días pares, desde las 07 h. hasta las 22 h. del citado día.
DOMINGOS
- Las licencias cuyos ordinales terminen en número par, permanecerán inactivas obligatoriamente los días impares, desde las 06 h. de ese día hasta las 06 h. del día siguiente.
- Las licencias cuyos ordinales terminen en número impar, permanecerán inactivas obligatoriamente los días pares, desde las 06 h. de ese día hasta las 06 h. del día siguiente.”

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