miércoles, 22 de febrero de 2012

Nuevo Reglamento Andaluz del Taxi

Los compañeros andaluces, ya tienen un nuevo Reglamento, ¿ están locos?, no quieren acumular licencias, una licencia un titular dedicación exclusiva...
¿ Allí no quieren crecer?, o realmente defienden la figura del taxista Autónomo con una sola licencia.
Enhorabuena compañeros.

El nuevo reglamento del taxi establece la vinculación de la licencia a una sola persona y a un solo vehículo

Josefina Cruz, Este Martes En Rueda De Prensa
Foto: EUROPA PRESS

El decreto aprobado por la Junta refuerza la participación de los profesionales en la ordenación del sector

SEVILLA, 21 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Gobierno ha aprobado este martes el reglamento de los servicios de transporte público de viajeros en automóviles de turismo, es decir los taxis, una norma que establece la vinculación de la licencia a una sola persona y a un solo vehículo, de modo que el titular no podrá arrendarla, cederla o transmitirla. Además, refuerza la participación de los profesionales en la ordenación del sector con la constitución del Consejo Andaluz del Taxi.

El decreto, que desarrolla la legislación autonómica de ordenación del transporte, es fruto del acuerdo entre la Administración autonómica; las federaciones y asociaciones de taxistas y conductores asalariados; las organizaciones sindicales; las asociaciones de usuarios y consumidores, y la Federación Andaluza de Municipios y Provincias, según ha explicado en rueda de prensa la consejera de Obras Públicas y Vivienda, Josefina Cruz, quien ha apuntado que su aplicación mejorará la calidad y clarificará las condiciones de prestación del servicio público de los casi 10.000 taxis con licencia que actualmente operan en la comunidad autónoma.

La consejera ha indicado que el 98,5 por ciento de las licencias son de un único titular y que sólo en un 1,5 por ciento, una persona tiene más de una licencia, de manera que tendrá un periodo transitorio de quince meses para que pueda devolver las licencias de más.

De acuerdo con la norma, la adjudicación de las licencias se realizará por concurso y sólo las personas físicas podrán ser titulares, con la condición de tener permiso de conducir y estar inscritas en la Seguridad Social. En los municipios de más de 5.000 habitantes, se exige también dedicación plena y exclusiva a la profesión.

La otra novedad destacada del reglamento es la constitución del Consejo Andaluz del Taxi, órgano consultivo en el que estarán presentes las asociaciones más representativas de esta actividad y que permitirá a sus profesionales participar en la ordenación del servicio público. Esta decisión da respuesta a una reivindicación muy demandada por el sector, que hasta ahora no estaba representado en el Consejo Andaluz de Transportes.

El nuevo reglamento desarrolla también la figura del área territorial de prestación conjunta, que permite a los taxistas ofrecer sus servicios en cualquiera de los municipios que la integran. Para su creación será necesario el acuerdo de al menos las dos terceras partes de los municipios, que a su vez deben representar un mínimo del 75 por ciento de la población total del área.

EXIGENCIAS TÉCNICAS DE LOS VEHÍCULOS

En cuanto a las exigencias técnicas de los vehículos, la norma establece por primera vez un criterio único para toda la flota en la comunidad autónoma. Entre otros requisitos, los taxis no deberán tener más de dos años de antigüedad en el momento de la obtención de la licencia. Por regla general dispondrán de cinco plazas, aunque se podrán autorizar turismos de hasta nueve en localidades costeras y con poblaciones dispersas en sus términos municipales; zonas rurales con baja densidad de población, y municipios de menos de 10.000 habitantes que no pertenezcan a un área de prestación conjunta.

Asimismo, el reglamento obliga a contar con taxímetro a los turismos que presten servicio en los municipios de más de 10.000 habitantes y establece un plazo de 24 meses para su instalación. Otra novedad en el capítulo técnico es la exigencia de una adaptación progresiva de los vehículos para transportar a personas con discapacidad. Para el año 2017, al menos el 5 por ciento de la flota de cada municipio deberá estar adaptada a este uso.

Respecto al régimen tarifario, se mantiene la competencia de los ayuntamientos para fijar los precios en los trayectos urbanos y de la Administración autonómica en los interurbanos, conjugando criterios de calidad del servicio y amortización y beneficio empresarial. Además, el reglamento permite a los ayuntamientos establecer tarifas en los servicios con origen y destino en puntos específicos de gran generación de transportes de personas, como aeropuertos, puertos y estaciones ferroviarias y de autobuse


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